Tras la Sentencia, y a pesar de las declaraciones realizadas desde el Ministerio de Hacienda, la recuperación de importantes cantidades de dinero está asegurada.
Por lo tanto, ANEFA y la FdA han mejorado el servicio, ampliándolo y adaptándolo a la decisión del TJUE ya que es de esperar que lo soliciten todas empresas que todavía no habían reclamado o las que deseen reclamar todos los años cotizados, ya que su coste, comparado con el capital a recuperar (según los datos, más de 50.000 Euros por empresa de media), lo hace altamente recomendable.
Esta solicitud de devolución se instrumentalizaría por dos procedimientos independientes:
a).- Por los años 2002 a 2009, ambos incluidos, podrá tramitarse una reclamación patrimonial (plazo: 1 año desde la fecha de la sentencia del TJUE, esto es, 27-02-2014 hasta 27-02-2015).
b).- Por los años 2010 a 2012, ambos inclusive, al no estar prescritos, se hará por la vía de la devolución de ingresos indebidos.