Rueda de prensaLa Consejería de Economía y Competitividad, ha aprobado el Decreto que regula la composición, funcionamiento y el régimen interno del Consejo de la Minería, órgano colegiado de participación, consulta y asesoramiento de la Administración en materia de minería, creado en virtud de la Ley 10/2014, de 1 de octubre, de ordenación minera en las Islas Baleares.


Su finalidad será estimular el consenso y la unidad de acción en materia de minería e impulsar la coordinación de los intereses públicos y privados para fomentar una política minera insular sostenible, así como estar informado de todas las actualizaciones.

El Consejo de la Minería tiene, entre otros funciones, la de contribuir y promover la restauración o reutilización de las canteras, especialmente de las que supongan los impactos ambientales y paisajísticos más graves, además de proponer líneas de actuación para el desarrollo sostenible de la actividad extractiva.

Los informes del Consejo de la Minería serán preceptivos y vinculantes en todo lo referente a planes sectoriales de actividades extractivas y en el caso de proyectos mineros de las secciones C y D, como los recursos geológicos de interés energético. En el resto de supuestos, los informes serán sólo preceptivos.

El Decreto aprobado crea también el Comité Técnico Permanente, que tiene la función de elaborar informes y propuestas sobre la restauración o reutilización de las canteras, para poder así cumplir uno de los principios de la Ley de ordenación minera: eliminar la situación en que se encuentran actualmente gran cantidad de canteras en las Islas Baleares sin restaurar, con el gran impacto paisajístico que ello supone.

Del Consejo de la Minería formarán parte las asociaciones de la minería, de explotación de canteras, de salineras, de aguas minerales envasadas y de geotermia; asociaciones de protección del medio ambiente, organizaciones sindicales y empresariales, la FELIB, como también los colegios profesionales de Ingenieros e Ingenieros Técnicos de Minas, y otros agentes socio económicos. Los ayuntamientos y consells insulares tendrán representación cuando el asunto a tratar afecte a su ámbito territorial.

El Comité Técnico Permanente estará formado por personal técnico calificado de las consejerías competentes en materia de minería, medio ambiente, así como por un representante del consell insular afectado por el caso concreto de que se trate y un representante del área urbanística del ayuntamiento afectado.