La Orden TED/252/2020, de 6 de marzo, por la que se modifican las Instrucciones Técnicas Complementarias 02.0.01 «Directores Facultativos» en su Disposición transitoria única la obligatoriedad de adaptar al procedimiento de comunicación establecido en la ITC 02.0.01 “Dirección Facultativa” en el plazo que lo determine la autoridad minera. En todo caso, esta adaptación deberá realizarse antes del 31 de diciembre de 2020.
El Servicio de Minas del Govern Balear ha establecido los formatos para poder realizar esta adaptación, tanto en el caso del nombramiento de una única Dirección Facultativa como en el caso de que la Dirección Facultativa se realice a través de un equipo facultativo, así como la solicitud de inscripción en el registro a tal efecto.