El 24 de agosto de 2021, el Gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros el “Proyecto de Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones”.
Es fruto del acuerdo con los agentes sociales y cumple con el plan de recuperación acordado con Bruselas.
Esta nueva norma busca aportar una mayor seguridad a los pensionistas. De esta forma, se elimina el índice de revalorización de las pensiones, que limitaba su subida anual al 0,25% en situaciones de déficit, y se vuelva a ligar la revalorización de las pensiones al IPC. En el caso de que se produzca un año de IPC negativo, la cuantía de las pensiones quedará inalterada.
Otra novedad es que se penalizan las jubilaciones anticipadas y se prohíben las cláusulas de jubilación forzosa para trabajadores de menos de 68 años. Este límite se podrá rebajar en algunos sectores (con la condición de que se incremente la participación de la mujer en los mismos.
Además, se imponen mayores límites al inicio de la jubilación activa, modalidad que permite compatibilizar el trabajo y la pensión.
Se introducen incentivos para demorar la jubilación de forma voluntaria: la exoneración de cotizar por contingencias comunes, excepto por incapacidad temporal, a partir del cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación que corresponda; por cada año de demora se establece un porcentaje adicional del 4%; se fija una cantidad a tanto alzado en función de la cuantía de la pensión y se premian las carreras de cotización más largas
El Proyecto de Ley también recoge que los pensionistas de Clases Pasivas tendrán la misma regulación en cuanto a los incentivos de demora.
Dentro de esta línea que persigue favorecer la permanencia de los trabajadores de más edad en el mercado de trabajo, se establece una reducción del 75% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de aquellos trabajadores que hubieran cumplido la edad de 62 años.
El texto establece que la Ley de Presupuestos Generales del Estado contemplará anualmente una transferencia del Estado al presupuesto de la Seguridad Social para la financiación de diversos conceptos que permitan culminar la separación de fuentes, transferencia que ya se incluía en los Presupuestos Generales del Estado de 2021.
El Proyecto de Ley crea la Agencia Estatal de la Seguridad Social, con el compromiso de presentar un proyecto de ley en un plazo de seis meses.
Este Proyecto llegará en las próximas semanas a las Cortes para su tramitación parlamentaria. El objetivo es que entre en vigor antes de la finalización del año en curso.