La convocatoria 2024 del Plan de Seguridad Minera que incluye ayudas en inversiones materiales en seguridad minera está abierta hasta el 18 de este mes de diciembre. Esta convocatoria, cuyo Extracto de Resolución fue publicado en el BOE por la Secretaría de Estado de Energía el 14 de noviembre de 2023, aprueba la apertura de plazo para la concesión de ayudas en 2024 en lo que se refiere a la prevención de riesgos y seguridad minera en el ámbito de una minería autóctona y sostenible.
Al igual que en otras ocasiones, y conforme a la Orden de Bases, estas ayudas tienen el objeto de impulsar el desarrollo de proyectos relativos a seguridad minera que estén dirigidos a las áreas de:
- Inversiones materiales en seguridad minera, que incluye los proyectos dirigidos a mejorar la seguridad y salud en explotaciones, establecimientos de beneficio y túneles o galerías en fase de excavación.
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- Se trata de una línea de ayudas dirigidas a PYMES (el concepto de pequeña y mediana empresa se ajustará a la definición contenida en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014)
- Las empresas deberán ser titulares del aprovechamiento del dominio minero objeto del proyecto en cualquiera de las formas contempladas en la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas o de la autorización de la autoridad minera del proyecto de ejecución para los túneles o galerías en fase de excavación y sostenimiento.
- Para proyectos de inversiones materiales el beneficiario podrá subcontratar hasta el 100 por cien de la inversión subvencionable aprobada.
- La cuantía mínima de la ayuda otorgada es de 12.000 €.
- Serán subvencionables los siguientes costes para proyectos de inversiones materiales en seguridad minera:
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- Adquisición de maquinaria y bienes de equipo.
- Obra civil.
- Instalaciones.
- Actuaciones sobre la explotación (galerías, pistas, accesos, bancos, bermas, taludes, etc.).
- Otros gastos para la mejora de las condiciones de salud y seguridad minera de las instalaciones y/o las explotaciones.
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NOTA: ver tabla 1 del Anexo I de la Orden de Bases en la que se incluyen las diferentes tipologías de inversiones subvencionables
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- La presentación de la solicitud será a través del portal de ayudas del Ministerio y esta se deberá ajustar al modelo incluido en el anexo I y presentar la documentación enumerada en el artículo 11 de la Orden de Bases.
- El beneficiario de la ayuda para proyectos de inversiones materiales deberá ejecutar las inversiones, desde la fecha de la solicitud de la subvención y hasta un plazo máximo de cuatro meses, contados desde la fecha de publicación de la resolución de la concesión.