Canales de denuncia para empresas de más de 50 trabajadores
La nueva Directiva de protección del denunciante (o whistleblower) que ha hecho pública el vicepresidente de la Comisión Europea, protegerá a los trabajadores que, en aras a la protección del interés público, sean despedidos o degradados por divulgar información.
Esta norma pretende ser fundamental en la lucha contra la corrupción pública y privada, dando cobertura legal a las personas que revelen informaciones dentro de un amplio espectro de temas: regulaciones financieras, estándares de seguridad, incumplimiento de normas de impuestos corporativos, etc.
Marca un hito importante en la protección de los ciudadanos contra la corrupción, siendo también relevante para la sociedad civil desarrollando, por un lado, un procedimiento que hace surgir una serie de obligaciones tanto para la empresa como para las instituciones públicas que deberán poner en marcha canales de denuncia, y por otro estableciendo una serie de medidas de salvaguarda y blindaje para quien comunique las infracciones.
En cualquier caso, será la obligación de implantar canales de denuncia en todas aquellas compañías que tengan más de 50 trabajadores o cuenten con un volumen de negocio igual o superior a 10 millones de euros, y para todas aquellas instituciones públicas ya sean regionales, municipales, ayuntamientos que tengan más de 10.000 habitantes.
Igualmente, deberán introducirlos las entidades de algunos sectores considerados sensibles, como los relacionados con servicios financieros o aquellos vinculados al blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
La nueva normativa Europea tendrá un periodo de adaptación para España de dos años y obligará a las empresas de más de 50 empleados o 10 millones de facturación a establecer procedimientos internos de denuncia que garanticen la confidencialidad de los denunciantes
María Loeck de Lapuerta2019-10-02T16:16:49+02:00
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