Recientemente ha sido publicada en el BOE el Extracto de la Resolución de 21 de noviembre de 2022 de la Secretaría de Estado de Energía por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas en 2023 a la prevención de riesgos y seguridad minera en el ámbito de una minería autóctona y sostenible. Al igual que en otras ocasiones, y conforme a la orden de bases, estas ayudas tienen el objeto de impulsar el desarrollo de proyectos relativos a seguridad minera y que estén dirigidos a las áreas de:
. Inversiones materiales en seguridad minera, que incluye los proyectos dirigidos a mejorar la seguridad y salud en explotaciones, establecimientos de beneficio y túneles o galerías en fase de excavación y sostenimiento.
- Línea de ayudas dirigidas a PYMES (el concepto de pequeña y mediana empresa se ajustará a la definición contenida en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014)
- Las empresas deberán ser titulares del aprovechamiento del dominio minero objeto del proyecto en cualquiera de las formas contempladas en la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas o de la autorización de la autoridad minera del proyecto de ejecución para los túneles o galerías en fase de excavación y sostenimiento.
- La cuantía mínima de la ayuda otorgada es de 12.000 €.
- Podrán recibir subvención los siguientes costes para proyectos de inversiones materiales en seguridad minera:
1. Adquisición de maquinaria y bienes de equipo.
2. Obra civil.
3. Instalaciones.
4. Actuaciones sobre la explotación (galerías, pistas, accesos, bancos, bermas, taludes, etc.).
5. Otros gastos para la mejora de las condiciones de salud y seguridad minera de las instalaciones y/o las explotaciones. NOTA: ver tabla 1 del Anexo I de la Orden de Bases en la que se incluyen las diferentes tipologías de inversiones que sean susceptibles de recibir subvención.
- La presentación de la solicitud será a través del portal de ayudas del Ministerio y esta se deberá ajustar al modelo incluido en el anexo I y presentar la documentación enumerada en el artículo 11 de la Orden de Bases.
- El beneficiario de la ayuda para proyectos de inversiones materiales deberá ejecutar las inversiones, desde la fecha de la solicitud de la subvención y hasta un plazo máximo de cuatro meses, contados desde la fecha de publicación de la resolución de la concesión.
. Actuaciones de formación en seguridad minera, destinadas a la formación presencial del personal de las entidades a las que sea de aplicación el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera- línea de ayudas dirigidas a asociaciones sin ánimo de lucro, colegios profesionales, etc. En este caso tanto desde ANEFA como desde la FdA se procederá a solicitar los cursos de formación obligatorios de polvo y sílice, así como de simulacro de emergencia, al igual que en la edición anterior.
La fecha de finalización del periodo de solicitud es el 23 de diciembre.
Puedes consultar tanto la convocatoria como las bases a través del siguiente enlace.