Tras la aprobación del Real Decreto 777/2012, de 4 de mayo, por el que se aprueba la lista de residuos inertes modificando el Real Decreto 975/2009, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por las actividades mineras, iniciativa que propuso y lideró COMINROC, consiguiendo que las empresas puedan caracterizar sus residuos de forma proporcional a su riesgo potencial, el MINETUR ha procedido a convocar de nuevo a l Grupo de Trabajo con los objetivos de realizar el inventario de las instalaciones de residuos cerradas (obligación de los Estados Miembro ante la UE), de definir los criterios para establecer el concepto de «grave» a efectos de la clasificación de instalaciones de residuos, aclarar los mecanismos para el establecimiento de las garantías financieras o equivalentes y establecer los procedimientos a seguir por los Organismos de Control, en relación con las instalaciones de residuos.


Todas estas cuestiones son necesarias para poder dar cumplimiento a las obligaciones recogidas en la citada normativa. El papel de las representaciones empresariales (FdA, COMINROC, etc.) es el de lograr que se establezcan unos requisitos sencillos de aplicar por las empresas para la clasificación de los riesgos.

Asimismo,  se trata de buscar nuevas vías para el establecimiento de las garantías financieras que sean más flexibles y asumibles por las empresas en función de sus necesidades y situación, de forma que se pueda aliviar la tensión financiera que actualmente está marcando el sistema de avales tradicionales.