Tras varios años trabajando intensamente varias asociaciones empresariales de diferentes sectores con la Dirección General de Industria, Energía y Minas de Castilla- La Mancha, a principios del mes de julio, salió publicada la Orden de la Consejería de Fomento de 06/06/2014, por la que se establece el contenido mínimo de determinados documentos de la industria extractiva de Castilla- La Mancha y se regula su presentación por medios electrónicos.
Esta Orden forma parte de una de las iniciativas del Plan Estratégico de los Recursos Minerales No energéticos de Castila-La Mancha, y especifica el contenido mínimo establecido para algunos documentos, sin perjuicio del cumplimiento del resto de la normativa aplicable y de su ampliación en la forma que estimen oportuna los interesados, y son de aplicación los siguientes:
- Proyecto de explotación de labores mineras a cielo abierto.
- Proyecto de suspensión temporal de labores.
- Proyecto de abandono definitivo de labores.
- Proyecto tipo de restauración.
- Proyecto de voladuras especiales.
- Proyecto de permisos de investigación.
- Plan de labores.
- Documento de seguridad y salud.
- Plan anual de aprovechamiento de aguas minero-medicinales.
- Plan anual de aprovechamiento de aguas minerales.
- Proyecto de perímetro de protección de acuíferos.
Tal y como se establece en la citada Orden, la entrada en vigor se producirá el día 4 de septiembre de 2014, no resultando de aplicación a los expedientes que se encuentren en tramitación a la fecha de entrada en vigor de la misma.