La entidad encargada de la tramitación de las Evaluaciones Ambientales de Planes, Programas y Proyectos ha sometido a exposición pública el borrador de Decreto que regulaba su funcionamiento.
El objeto del decreto es la organización, el régimen jurídico y el funcionamiento de la Comisión, así como la tramitación de las evaluaciones ambientales, en desarrollo de las previsiones del Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Islas Baleares. La estructura se fundamenta en tres órganos: el Pleno, la Presidencia y el Comité técnico. El borrador de Decreto actualiza las competencias de cada uno de estos órganos y también se modifica la composición introduciendo algunas áreas competenciales no previstas actualmente totalmente.
El decreto mantiene la composición del Pleno, como órgano colegiado integrado por representantes políticos del cual son miembros distintas personas titulares de direcciones generales de distintas consejerías y los consejos insulares, con rango de órgano directivo, así como una persona en representación de las asociaciones de entidades locales con más implantación, con un secretario o secretaria, que será una persona al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
El Comite Técnico se estructura en dos subcomités técnicos. Los miembros del subcomité técnico de evaluación ambiental no podrán ser miembros del Subcomité de autorizaciones ambienta las integradas. Tiene naturaleza consultiva y no resolutoria.
En relación a la regulación de la Presidencia de la Comisión de Medio Ambiente se mantiene las funciones de la norma actualmente vigente.
Una de las principales novedades es la de introducir formas adicionales de publicidad en determinados planes y proyectos que sean objeto de evaluación ambiental y la “audiencia a la ciudadanía”, la posibilidad de realización de manera telemática, la regulación de los invitados al comité técnico, la revisión de las condicionantes de las declaraciones de impacto, entre otras