La ley de Ordenación Minera de las Illes Balears -LOMIB- recogía la posibilidad de establecer diferentes tipos de medidas compensatorias cuando hubiera que regularizar explotaciones en Espacios Protegidos.
A pesar de la extensión y concreción de la LOMIB, la aplicación de estas compensaciones quedó a expensas de posterior regulación administrativa. Es ahora, cuando la fase de tramitación de los expedientes dispuestos a regularización se encuentra muy avanzada, cuando está empezando a proponerse a los titulares de los derechos mineros implicados. En una reciente reunión de la Federación Mesa de la Minería, que integra todas las Asociaciones y Colegios profesionales mineros de las islas, se determinaba la necesidad de que la Administración prepare una instrucción que informe sobre la aplicación de medidas compensatorias en aquellos casos en que son necesarias. Es por ello, que se instará a tanto a las áreas de Minas como Medio Ambiente a que desarrollen unas indicaciones en las que se puedan conocer bajo qué condiciones van a ser exigidas, a que Programas acogerse, cuantías y modalidades de pago, en caso de acogerse a estos Programas existentes.