Tras casi un año de tramitación, el ejecutivo balear publicaba la pasada semana la Ley aprobada en el Pleno extraordinario de julio.
La nueva normativa es un instrumento fundamental para la protección del medio ambiente que persigue, entre otros objetivo, la simplificación al máximo los procedimientos ambientales. Cabe destacar en ese sentido una novedad respecto a la Ley Básica, el anexo de incidencia paisajística, teniendo presente tanto el activo que representa el paisaje en Baleares, como la vigencia del Convenio Europeo del paisaje.
Regula de forma específica la consulta preceptiva al órgano ambiental de la Comunidad Autónoma en los planes, programas y proyectos que tiene que evaluar la Administración General del Estado, y establece la nulidad de las evaluaciones estatales, sin haber consultado a la CMAIB en los casos que sea preceptivo.
Para el sector, este es un aspecto importante, ya que la mayoría de las explotaciones mineras de Baleares se encuentran en trámite de regularización de sus expedientes, con diferentes actualizaciones de sus autorizaciones mineras, por lo que muchas explotaciones se encuentran inmersas en diferentes fases de trámites ambientales.
Trata también sobre la evaluación de las repercusiones en los espacios Red Natura 2000, y regula unas materias primordiales en la evaluación ambiental, pero que a menudo son descuidadas en la práctica: el seguimiento de los procedimientos ambientales, la protección de la legalidad ambiental, el restablecimiento del orden jurídico perturbado y el régimen sancionador.